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Alternativa Ciudadana 21 reivindica los siguientes principios particulares para lograr la plena vigencia y expansión de los derechos sociales:

1

Derechos de la mujer. La participación de la mujer en la vida toda de la sociedad debe guiarse por el principio de la equidad e igualdad de oportunidades; por el respeto a las diferencias de género; por igualar sus derechos en relación a la parcela ejidal, garantizándose su derecho a la propiedad de la tierra, a heredarla y a ser sujeta de todo tipo de crédito. Nos pronunciamos por la creación de un espacio de debate, análisis y reflexión racional -que no se politice y polarice a la sociedad-, en torno a la prevención y control reproductivos. Consideramos que son las mujeres y, en todo caso, las parejas, el sujeto y la referencia primordial para la toma de decisiones en esta materia, y no los partidos, las burocracias o las iglesias.

Estamos por la incorporación de todos los acuerdos internacionales en contra de la discriminación de la mujer a la legislación y práctica nacionales. Por la definición de mecanismos institucionales que propicien y desarrollen la participación de la mujer en la vida pública del país, tanto en partidos como en organizaciones sociales. Por la reforma de las instancias de administración y procuración de justicia para que se atiendan de manera respetuosa y digna las quejas y demandas de las mujeres sobre todo en cuanto a violencia intra-familiar, abusos y violaciones.

2

Derechos de los jóvenes. Los derechos de los jóvenes no han sido objeto de una atención institucional especializada, se les ha tratado más como clientela política que como un sujeto con derechos y problemas específicos de la mayor importancia. Por ello, proponemos la elaboración de una política integral para la juventud que incluya estrategias en cuanto a trabajo, educación, información y educación sexuales, recreación, cultura, canales para la participación en la vida política del país. Tales derechos pueden articularse a través de un organismo público descentralizado que concentre las diferentes políticas diseñadas para el tratamiento de los jóvenes en diversas dependencias y organismos.

3

Derechos de las personas de la tercera edad. Las personas de la tercera edad requieren de legislaciones específicas y prácticas sociales que los defiendan contra la discriminación laboral; que educativamente se promueva desde el nivel primario de enseñanza el respeto y la valoración de la vejez, que se creen espacios específicos para el tratamiento digno de aquellos que no están en posibilidad de seguir en el mercado laboral o bajo la atención de sus familias; que la legislación garantice una forma económica digna de vivir, a los jubilados y pensionados, como a los que no lo son.

4

Derechos de los niños. Los derechos de los niños a la educación, la nutrición suficiente, la salud física y mental, el juego, deben estar garantizados por legislaciones específicas. Igualmente, deberán precisarse y aumentarse las penas por maltrato, violencia, abuso y violación de los menores.

5

Derechos de los discapacitados. Los derechos de las personas discapacitadas requieren de un reconocimiento legal para evitar discriminaciones laborales y educativas; la creación de instancias y espacios específicos, cuando sea necesario, para atender sus necesidades particulares en cuanto a salud, educación y capacitación para el trabajo. Igualmente, la promoción de un conjunto de apoyos para su tránsito por los espacios urbanos.

6

Derechos del individuo. Todos los individuos tienen derechos de elección vinculados a su vida privada, social y pública, que deben estar plenamente garantizados por la ley y por la práctica efectiva. El derecho a decidir su forma de vestir; de ver y leer los libros, películas, pinturas, y obras que considere; de informarse sobre los temas de su interés; de decidir sus preferencias sexuales; de contar con su derecho vigente, no sólo formal, de tránsito, sin interferencias provocadas intencionalmente por marchas, plantones, cierre de calles por la autoridad; de no ser invadido en su privacidad, etc., Son derechos que sólo en épocas recientes se han reivindicado, y casi exclusivamente en torno a la tolerancia por las preferencias sexuales. Los derechos de elección del individuo, sin embargo, son los derechos que conducen al desarrollo de la modernidad y son el símbolo de una sociedad civilizada.

 

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